INTRODUCCIÓN

Este presente documento inserta el CUESTIONARIO SOBRE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL.

Podemos decir que se llama Actas del Estado Civil a las actas auténticas destinadas a dar prueba cierta del estado de las personas. Estas se inscriben en registros públicos, llevados, en cada municipio por un delegado designado para tales fines.















CUESTIONARIO SOBRE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL


  1. ¿Qué son las actas del Estado Civil?

Se llama actas del Estado Civil a las actas auténticas destinadas a dar prueba cierta del estado de las personas. Estas se inscriben en registros públicos, llevados, en cada municipio por un delegado designado para tales fines.


  1. ¿Qué es el Registro Civil?

Se conoce como registro civil a la institución estatal que brinda constancia de diversos acontecimientos y acciones vinculados al estado civil de los individuos. Los casamientos, los nacimientos, las muertes, las emancipaciones y hasta los nombres y los apellidos de los seres humanos son registrados por estas entidades que, por lo general, se encargan de gestionar diversos documentos personales.


  1. ¿Cuál es el origen del Registro Civil en RD?

La obra está dividida en tres partes. La primera comprende los orígenes de la institución, su evolución en Francia y en la República Dominicana. La segunda versa sobre la conformación del Registro de Estado Civil de acuerdo con la legislación nacional. La tercera parte está dedicada al estudio particular de cada acta del estado civil, con sus reglas propias. Se cierra con siete apéndices: tres sobre las disertaciones en la Asamblea Nacional y el Consejo de Estado, a propósito de la introducción del proyecto de ley sobre actos del estado civil, en el tiempo de los trabajos y discusiones que dieron origen al Código Civil francés. Un cuarto contiene la primera ley adoptada en el país destinada a sistematizar los actos del estado civil. El quinto apéndice reproduce la Orden ejecutiva núm. 375, que establece la Ley de matrimonio del 26 de diciembre de 1919. Por último, por su gran interés para el tema central de la obra, se incluyen la parte del Proyecto de Código Civil Reformado que intenta recuperar para la codificación lo relacionado con la institución objeto de este trabajo, así como las cuestiones contempladas en el nuevo Código Penal de la República Dominicana (Ley núm. 5550-14). 


  1. ¿Cuáles son las funciones del oficial del Estado Civil?

Son atribuciones del Oficial del Estado Civil:

  1. Recibir e instrumentar todo acto concerniente al Estado Civil;

  2. Custodiar y conservar los registros y cualquier documento en relación con los mismos;

  3. Expedir copias de las actas del Estado Civil y de cualquier documento que se encuentre en su archivo;

  4. Expedir los extractos y certificados de los actos relativos al Estado Civil.


  1. ¿Cuáles incapacidades y prohibiciones tiene el oficial del Estado Civil

En el ejercicio de sus funciones el Oficial del Estado Civil debe acogerse a las siguientes incompatibilidades y prohibiciones en el desempeño de la función:

  1. No podrá dedicarse al activismo político. (Art.3 Ley No. 8-92).

  2. No podrá actuar fuera de los límites de su jurisdicción (art.3 Ley No.659/44).

  3. No podrá instrumentar las actas que se refieran a su persona o parientes hasta el cuarto grado inclusive y de sus afines hasta el tercer grado, debiendo en estos casos ser sustituidos por los suplentes. (Art.17 Ley No.659/44).

  4. No podrá insertar en sus actas, sea por vía de anotación o por cualquier otra indicación, sino aquello que está determinado en la ley para cada clase de acta. (Art.28 Ley No.659/44).

  5. No podrá proceder a transcribir las sentencias de rectificaciones de actas del Estado Civil, de adopción, decretos de cambios de nombre, acto notarial, autorización para llevar apellido, transcripción de acta instrumentada en el extranjero, reconocimiento efectuado mediante acto notarial   o ante Cónsul dominicano acreditado en ele extranjero, sin antes haber recibido instrucciones de la Junta Central Electoral, a través de su Consultoría Jurídica. (Art.9 Ley No.659/44).

  6. No podrá dejar espacio en blanco entre una acta y otra y no debe usar abreviaturas ni fechas en número, sino en letras. (Art.17 Ley No 659/44).

  7. No podrá asentar las actas y registros que no sean los destinados a esos fines, ni podrá expedir las actas en formularios no autorizados por la Junta Central Electoral. (Art.36 Ley No.659/44).

  8. No podrá ausentarse de su jurisdicción de la Junta Central Electoral a través de la Cámara Administrativa y de la Dirección Nacional del Registro del Estado Civil. (Art 4 Ley No.659/44 y Lit. b del Art.6 Ley No. 25-97)

  9. No podrá  asignar funciones a sus suplentes sin autorización de la Cámara Administrativa, vía la Dirección Nacional del Registro del Estado Civil, salvo la celebración de matrimonios fuera de la Oficialía. (Circular No.21 del 22-5-2007 del Presidente de la Cámara Administrativa).


  1. ¿Cuáles son los órganos del Registro Civil?

Conforme al artículo 10 de la Ley del Registro Civil, el Registro Civil está integrado por los Registros Municipales a cargo del Juez de 1ª Instancia, asistido del Secretario, por los Registros Consulares, a cargo de los Cónsules de España en el extranjero y por el Registro Civil Central.


  1. ¿Cómo se organiza el Registro Civil?

Según la normativa vigente hasta 2014, el Registro Civil se encuentra dividido en cuatro Secciones, llevándose cada una de ellas en libros diferentes, independientes y formados con los requisitos reglamentarios, que reciben el nombre de:

  1. La primera: nacimientos y generales.

  2. La segunda: matrimonios.

  3. La tercera: defunciones.

  4. La cuarta: tutelas y representaciones legales.

 

  1. ¿Qué son los actos del Estado Civil

Los actos del Estado Civil constituyen el inicio y final de la vida jurídica de todos los seres humanos del mundo. Están instrumentado en el Código Civil Dominicano, la ley No. 659 del año 1944 sobre los Actos del Estado Civil de las Personas, la Ley No. 136 sobre niños, niñas y adolescentes, los tratados y convenios internacionales de las cuales el país es signatario, así como las Resoluciones de la Junta Central Electoral.


  1. ¿Qué actos se inscriben en el Registro Civil?

En el Registro Civil se inscriben los nacidos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios.

  1. ¿Qué Registro es competente en cada caso?

Las inscripciones han de practicarse en el Registro correspondiente al domicilio del empresario o sociedad que se inscribe.

El mismo criterio del domicilio del sujeto debe seguirse para determinar el Registro que ha de encargarse de la legalización de los libros de los empresarios, del nombramiento de expertos independientes y auditores, del depósito de los documentos contables y de las demás operaciones que están encomendadas al Registro Mercantil.

El Registro Mercantil se lleva por el sistema de folio personal, lo que quiere decir que se abre a cada sujeto inscrito una hoja registral en la cual se anotan todos los hechos y actos que configuran su historial jurídico.

 

  1. Efectos de la inscripción en el Registro Civil

El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos sólo en los casos de falta de inscripción o en los que no fuera posible certificar (obtener certificación) el asiento se admitirán otros medios de prueba, pero en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente.


  1. ¿Cuáles son las reglas comunes a las actas del estado civil?

24 de la ley dice que las actas indicarán año, mes, día y hora en que se instrumente, nombre apellidos, domicilio, mención número y sello de la cédula de identidad y electoral de los testigos y los declarantes.

  1. Describa los requisitos de cada una de las actas

Las actas deben presentarse en fotocopia simple o de sus extractos, autorizados por el secretario o por algún representante de la Entidad y deben contener cuando menos:


  1. Nombre completo de la entidad sin ánimo de lucro a la que pertenece y el número del acta.

  2. Órgano que se reúne (Asamblea de asociados Junta Directiva, Consejo de Administración, etc..).

  3. Naturaleza de la reunión (ordinaria o extraordinaria).

  4. Ciudad, lugar, fecha y hora de la reunión.

  5. Nombre de la persona que de acuerdo con los estatutos debe presidir la reunión o que haya sido elegida con ese propósito, así como el de la persona que actúe como secretario de la misma.

  6. En caso de no estar presentes o debidamente representados la totalidad de los miembros del órgano que se reúne, se deberá indicar en el acta, la forma o medio por el cual se efectuó la convocatoria a la reunión, en el caso de reuniones extraordinarias si en ella se incluyó el orden del día o los temas a tratar; persona u órgano que hizo la convocatoria y la antelación con que se realizó, lo cual deberá efectuarse de conformidad con los estatutos y en silencio de éstos con observancia de la Ley.
    Verificación del quórum, indicando expresamente la existencia del quórum válido para deliberar y decidir.

  7. Decisiones adoptadas y forma de su aprobación, indicando los votos emitidos a favor, en contra o en blanco, de cada propuesta.

  8. La aprobación del acta por las personas que intervinieron en la reunión o por las designadas para tal fin.

  9. Firma del presidente y secretario de la reunión.

  10. Cancelar en la Cámara de Comercio el valor correspondiente a los derechos de inscripción y del impuesto de registro departamental, por la inscripción de los actos que contenga el documento y que estén sujetos a registro.

  1. Describa qué importancia tienen para usted las actas del Estado Civil

Para la inscripción de la designación de los administradores y revisores fiscales, será necesario informar el número de identificación y fecha de expedición, así como la constancia de que él mismo aceptó el nombramiento.

Se deben presentar para registro las actas que contengan nombramientos, revocatoria de nombramientos, reformas de estatutos, entre otros.

La persona que presente las actas para registro en la Cámara de Comercio, debe exhibir el original del documento de identidad.














CONCLUSIÓN

Debemos destacar que el el número de libros debe ampliarse para registrar otros actos relativos al estado civil y que han de constar en la oficina del Registro. Son ellos los de las emancipaciones, reconocimientos y legitimaciones de hijos; naturalizaciones y vecindad”.





 

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