2do Reporte de Lectura.
Cuestionario. La Constitución.

  1. Mencione los cuatro conceptos básicos de Constitución.

  1. La Constitución es todo ordenamiento político liberal.

  2. La Constitución es un conjunto de normas jurídicas, en cierto sentido fundamentales, que caracterizan e identifican todo ordenamiento.

  3. La Constitución es el documento normativo que tiene ese nombre o un nombre equivalente.

  4. La Constitución es un particular texto normativo dotado de ciertas características formales. 


  1. ¿Qué quiere decir que la Constitución es una fuente diferenciada?

De acuerdo con el material y además con el concepto, “Constitución” es un documento normativo que se diferencia de las demás fuentes del Derecho por su procedimiento de formación (constituyente, referéndum popular) y por el procedimiento agravado para su reforma, que la pone por encima de las demás leyes y que la dota de una fuerza peculiar que impide que sea abrogada, derogada o modificada por las leyes ordinarias.


  1. Explique el concepto de Constitución constitucionalmente adecuado a la Constitución dominicana.

Cuando la Constitución surge como tipo de norma a finales de siglo XVIII (1776: Estados Unidos; 1789: Francia), el término no denota un mero conjunto de normas fundamentales que regían la estructura política superior de un Estado sino un conjunto de normas que rige el Estado desde unos determinados presupuestos y con un determinado contenido. La Constitución es una norma de origen popular, lo que se expresa en la doctrina del contrato social (Rosseau, Locke) y su postulado básico de la autoorganización como fuente de legitimidad del poder y del Derecho. Su contenido queda claramente indicado en el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano: “Toda sociedad en la que no está asegurada la garantía de los derechos ni determinada la separación de poderes establecida no tiene Constitución”. 

Este concepto preciso de Constitución es plasmado claramente en la Constitución norteamericana pero sufrirá en Europa continental un embate terrible, por la derecha y por la izquierda.


  1. ¿Cuáles son las funciones clásicas de la Constitución?

  • Función de orden

  • Función de estabilidad

  • Función de unidad

  • Función de control y límite del poder

  • Función de garantía de la libertad, de la autodeterminación y de la protección jurídica del individuo

  • Función de fijación de la estructura organizativa fundamental del Estado

  • Función de determinación de los fines materiales del Estado y de la posición jurídica del ciudadano en el Estado y en relación con el Estado. 



  1. Explique en qué consisten las funciones de orden, estabilidad y unidad.

Función de orden: La Constitución, como el Derecho mismo, posee una función de orden, con la finalidad de evitar la anarquía y el caos. La Constitución es, en consecuencia, orden fundamental, norma máxima y suprema, a la que están sometidos todos los poderes públicos y todos los individuos. El Estado Constitucional es, pues, gobierno de la Constitución y no de los hombres. Todos los poderes constituidos tienen que ser reconducidos a la Constitución, que es el eje esencial de todo el ordenamiento jurídico.

Función de estabilidad: La Constitución es idealmente un orden fundamental duradero. Esta idea aparece claramente en la tradición constitucional de los Estados Unidos cuya Constitución apenas ha sido reformada en 27 ocasiones. Sin embargo, en la actualidad ya no se cree en la posibilidad de establecer de manera positiva una ́Constitución eterna’ que reciba su inviolabilidad absoluta en virtud de su contenido inmodificable”.

Función de unidad: La Constitución “asume ahora la importantísima función de mantener unidas y en paz sociedades enteras divididas en su interior y concurrenciales” (Zagrebelsky: 40). La Constitución debe actuar promoviendo la unidad no solo en el sentido de la unidad nacional sino también en el sentido de que las decisiones en ella tomadas son expresiones de un consenso ciudadano y no son cuestionadas, por lo menos en lo esencial. Esta función de la Constitución queda claramente evidenciada en los casos de transiciones del autoritarismo a la democracia pactadas (ej. España), donde la Constitución manifiesta en su texto el carácter de compromiso entre las diversas fuerzas políticas y sociales. 




 

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