Completar el siguiente cuestionario:
¿Qué significa deber de cohabitación?

A fin de resolver la presente controversia, resulta necesario establecer el significado del concepto del deber de “hacer vida en común” que tienen los esposos, pues conforme ya se ha establecido para que se configure el elemento objetivo de esta causal de separación, es necesario que uno de los cónyuges o ambos de mutuo acuerdo dejen de cumplir con una de las obligaciones principales del matrimonio, esto es, el de hacer vida en común. Este deber, llamado también “deber de cohabitación”, significa la obligación que tienen los esposos de vivir o habitar juntos en el domicilio conyugal. El significado de este deber no debe ser restringido al concepto de la obligación marital, dicho de otra forma, el débito sexual, pues la doctrina reciente estima que dicho deber se extiende a la obligación -entre otros-; que tienen los esposos de compartir la mesa o el techo. De modo que, a fin de constatar que se haya producido el incumplimiento del deber de cohabitación, el juzgador deberá verificar si se ha incumplido con los deberes antes mencionados, por lo que debe tener en cuenta también que pueden presentarse situaciones eximentes para los cónyuges que podrían obligarlos a un incumplimiento temporal de dicho deber, como por ejemplo, por razones de trabajo o de salud.


Explique en qué consiste la separación conyugal.
La separación matrimonial constituye la decisión de los cónyuges de poner fin a la convivencia y a su vida matrimonial en general, iniciando así vidas totalmente independientes.


La separación matrimonial supone una suspensión del matrimonio pero no la disolución del vínculo conyugal, es decir, los cónyuges separados no podrán contraer matrimonio con otras personas.


Este vínculo matrimonial solo se rompe por completo a través del divorcio o por fallecimiento de una de las partes.


En esta particularidad recae la principal diferencia entre separación y divorcio, la cual es mucho más amplia de lo que se suele pensar, ya que por norma general se suelen confundir ambos términos.



Explique que significa la separación perpetua.
La única causa de separación perpetua es el adulterio, porque supone tanto como negar al otro como cónyuge. No obstante, la Iglesia recomienda siempre el perdón y anima a regresar a la vida conyugal.


La única causa de separación perpetua es el adulterio, porque supone tanto como negar al otro como cónyuge. No obstante, la Iglesia recomienda siempre el perdón y anima a regresar a la vida conyugal.


El adulterio es la unión sexual de un casado con persona distinta a su cónyuge (es indiferente que la otra esté casada o no); basta una sola vez (no es necesario el concubinato); desde el punto de vista moral es pecado contra la castidad y la justicia. Al adulterio se equipara el acto homosexual y la bestialidad. Para que sea causa de separación perpetua debe de reunir las siguientes características:


1. Requisitos positivos:

  • Formal: con conciencia clara de cometerlo.
  • Consumado (cópula perfecta).
  • Moralmente cierto (nadie puede ser privado de sus derechos si no consta con certeza que violó sus obligaciones). Como a veces es difícil probarlo, basta la certeza moral.

2. Requisitos negativos (causas enervantes del derecho a la separación en caso positivo):
  • No consentido.
  • No provocado (aquí se incluiría la negativa persistente al débito conyugal).
  • No compensado (es decir, cometiendo a su vez adulterio el otro cónyuge).
  • No condonado o perdonado.

¿Qué es la separación temporal?
Es causa suficiente el grave peligro espiritual o corporal del cónyuge y/o de los hijos. Además de la peligrosidad, la doctrina suele exigir también la culpabilidad (si no hay culpa, a veces es más necesaria la mutua ayuda: grave enfermedad). Como lo que se pretende evitar con la separación es un peligro, la separación puede durar lo que se prevea que puede durar aquél, por lo que puede ser indefinida.


Efectos:

  • La separación conlleva el derecho a tener un domicilio independiente (c. 104).
  • Hay que proveer a la educación de los hijos (c. 1154).
  • Los efectos meramente civiles (económicos, custodia de los hijos, etc.) corresponden al Juez civil.

Procedimiento:
  • Administrativo: mediante decreto del Obispo (decreto singular).
  • Judicial: por sentencia del Juez.

En caso de peligro inmediato se puede proceder a la separación motu proprio, sin perjuicio de regularizar la situación después.


¿Qué es la separación judicial y administrativa?
La separación judicial es una opción que entrega la Ley de Matrimonio Civil, y consiste en una sentencia firme dictada por un juez. Te permite pedir la suspensión de los deberes de vivir en hogar común, fidelidad y cohabitación, creándose así un nuevo estado civil, el de separados.


En general es un trámite previo al divorcio, ya que se pide la separación judicial y una vez que se cumplan los requisitos del divorcio se inicia una demanda de este tipo.


El divorcio administrativo se presenta cuando ambos consortes acuerdan divorciarse y son mayores de edad, no tienen hijos y de común acuerdo han liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen se casaron. El divorcio administrativo se puede dar hasta después de celebrado un año el matrimonio.


Explique la separación de hecho unilateral y convenida.
En el caso de que se produzca la separación de hecho por decisión unilateral de uno de los cónyuges, es decir, que dicho cónyuge abandone el domicilio familiar, ¿podría suponer que este cónyuge incurra en el delito de abandono de la familia? No, para ello, sería necesario que dicho cónyuge dejase de cumplir los deberes de asistencia inherentes a la patria potestad o de prestar la asistencia que legalmente se hubiese establecido para el sustento de sus descendientes o cónyuge.


Existe la separación de hecho convenida por ambos cónyuges, pero siendo indisponible la cohabitación, la ley no legitima el acuerdo o convenio de los esposos de vivir separados, dispersandose mutuamente de convivir en el mismo domicilio.


¿En qué consiste la restauración conyugal?
La Restauración Matrimonial si es posible!


Muchas personas piensan que tu matrimonio NO tiene salvación, que ya no hay nada que se pueda hacer, que ya todo terminó. Has escuchado frases como: Se murió el amor, ya NO te quiero, NO siento nada por ti, haz tu vida y déjame hacer mi vida, jamás regresaré contigo, tu y yo somos tan diferentes y en verdad piensas que nada puedes hacer para salvar tu matrimonio? ¡Nada de esto es verdad!.



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