I) Contestar las siguientes preguntas, usando como fuente el material adjunto.

1. ¿Qué significa preparación para el matrimonio canónico?

La preparación al matrimonio, a la vida conyugal y familiar, es de suma importancia para el bien de la Iglesia. De hecho el sacramento del Matrimonio posee gran valor para la entera comunidad cristiana y en primer lugar para los esposos, cuya decisión es tal que no puede dejarse a la improvisación o a decisiones apresuradas. En otras épocas dicha preparación podía contar con el apoyo de la sociedad, que reconocía los valores y beneficios del matrimonio. Sin obstáculos ni vacilaciones, la Iglesia tutelaba su santidad consciente del hecho de que el sacramento del Matrimonio era una garantía eclesial en cuanto célula vital del Pueblo de Dios. El apoyo eclesial era firme, unitario, compacto, al menos en las comunidades realmente evangelizadas. En general eran raras las separaciones y fracasos de matrimonios, y se consideraba el divorcio una « plaga » social (cfr. Gaudium et Spes = GS 47).


Por el contrario, hoy en día se asiste en no pocos casos al deterioro acentuado de la familia y a cierta corrosión de los valores del matrimonio. En numerosas naciones y especialmente en las económicamente desarrolladas, ha bajado el índice de nupcialidad. Se contrae matrimonio en edad más avanzada y crece el número de divorcios y separaciones incluso en los primeros años de vida conyugal. Todo ello lleva a una preocupación pastoral reiterada mil veces: ¿Quién contrae matrimonio? ¿Está realmente preparado para lo mismo? El problema de la preparación al sacramento del Matrimonio y a la vida subsiguiente emerge como gran necesidad pastoral sobre todo para el bien de los esposos, la comunidad cristiana y la sociedad. Por eso crecen en todas partes el interés e iniciativas para ofrecer respuestas adecuadas y oportunas a la preparación al sacramento del Matrimonio.




2. ¿Cómo debe ser el noviazgo como proceso para el M.C?

A través de contactos permanentes con las Conferencias Episcopales y los Obispos en encuentros, reuniones y sobre todo en las visitas « ad limina », el Pontificio Consejo para la Familia ha seguido atentamente la preocupación pastoral por la preparación y celebración del sacramento del Matrimonio y la vida subsiguiente; y repetidamente ha sido invitado a ofrecer un instrumento para la preparación de los novios cristianos: esto es lo que ofrecemos en la presente orientación. Se ha nutrido también de las aportaciones de muchos Movimientos Apostólicos, Grupos y Asociaciones que colaboran en la pastoral familiar y que han ofrecido su apoyo, consejos y experiencias para la elaboración de este documento guía.

La preparación al matrimonio constituye un momento providencial y privilegiado para cuantos se orientan hacia este sacramento cristiano y un kairós, es decir, un tiempo en el que Dios interpela a los novios y les lleva al discernimiento sobre la vocación matrimonial y la vida en la que ésta introduce. El noviazgo entra en el contexto de un denso proceso de evangelización.


3. ¿Qué significa vocación matrimonial?

De hecho confluyen en la vida de los novios, futuros esposos, cuestiones que inciden en la familia.

Por ello, se les invita a comprender qué significa el amor responsable y maduro de la comunidad de vida y amor que será su familia, verdadera iglesia doméstica que enriquecerá a la Iglesia entera.


4. ¿Cuál es la importancia del M.C.?

La importancia de la preparación exige un proceso de evangelización consistente en la maduración de la fe y su profundización. Si la fe está debilitada o casi no existe ya (cfr. Familiaris Consortio = FC 68), es preciso reavivar y no se puede excluir una instrucción exigente y paciente que provoque y alimente el ardor de una fe viva. Sobre todo donde el ambiente se ha ido pagando, será muy aconsejable un « itinerario que recalque los dinamismos del catecumenado » (FC 66) y la presentación de las verdades cristianas fundamentales que ayuden a adquirir o reforzar la madurez de la fe de los contrayentes. Es de desear que el momento privilegiado de la preparación al matrimonio se transforme, estimulados por la esperanza, en una Nueva Evangelización para las futuras familias.


5. Explique que es la Magna Charta para las familias.

La magna Charta para las familias, que es la citada Exhortación Apostólica Familiaris Consortio , ya había puesto de relieve que « los cambios que han sobrevenido en casi todas las sociedades modernas exigen que no sólo la familia, sino también la sociedad y la Iglesia se comprometan en el esfuerzo de preparar convenientemente a los jóvenes a las responsabilidades de su futuro (...) Por esto la Iglesia debe promover programas mejores y más intensos de preparación al matrimonio, para eliminar lo más posible las dificultades en que se debaten tantos matrimonios y, más aún, para favorecer positivamente el nacimiento y maduración de matrimonios logrados » (FC 66).

El Código de Derecho Canónico dispone que haya « preparación personal a la celebración del matrimonio y con ella los esposos se dispongan a la santidad y deberes de su nuevo estado » (CIC can. 1063, 2; CCEO can. 783, § 1), disposición que está presente también en el Ordo Celebrandi Matrimonium = OCD 12.

Y en el discurso del Santo Padre a la Asamblea Plenaria del Consejo para la Familia (4 octubre 1991) añadía: « Cuanto mayores sean las dificultades ambientales para conocer la verdad del sacramento cristiano y de la misma institución matrimonial, tanto mayores han de ser los esfuerzos por preparar debidamente a los esposos a sus responsabilidades ». Y con observaciones más concretas referentes a los cursos propiamente dichos, proseguía: «Habéis podido observar que ante la necesidad de realizar dichos cursos en las parroquias y dados los resultados positivos de los varios métodos usados, parece conveniente proceder a fijar los criterios a adoptar bajo forma de Guía o Directorio, a fin de ofrecer ayuda eficaz a las Iglesias particulares ». Tanto más que dentro de las Iglesias particulares, para algunas partes « "del pueblo de la vida y para la vida", es decisiva la responsabilidad de la familia: es una responsabilidad que brota de su propia naturaleza — la de ser comunidad de vida y de amor, fundada sobre el matrimonio — y de su misión de "custodiar, revelar y comunicar el amor" » (EV 92 y cfr. FC 17).


6. Clasifique y explique los momentos principales para la preparación del M.C.

El punto de partida de un itinerario de preparación al matrimonio ha de ser la convicción de que el pacto conyugal ha sido asumido y elevado por el Señor Jesucristo, con la fuerza del Espíritu Santo, a sacramento de la Nueva Alianza. Asocia a los cónyuges al amor poblacional de Cristo Esposo a la Iglesia, su Esposa (cfr. Ef 5, 25-32), haciéndolos imagen y participación de este amor, los convierte en alabanza del Señor y santifica la unión conyugal y la vida de los cristianos que lo celebran, dando origen a la familia cristiana, iglesia doméstica y « primera y vital célula de la sociedad » ( Apostolicam Actuositatem , 11) y « santuario de la vida » (EV 92 y también n. 6, 88, 94). Por tanto, el sacramento se celebra y vive en el corazón de la Nueva Alianza, es decir, en el misterio pascual. Es Cristo, Esposo en medio de los suyos (cfr. Gratissimam Sane , 18; Mt 9,15) la verdadera fuente de todas las energías. Los matrimonios y las familias cristianas por tanto no están aislados ni abandonados.

Para los cristianos el matrimonio, que tiene su origen en Dios creador, implica además una verdadera vocación a un estado y vida de gracia particulares. Para llevar a su madurez esta vocación, se requiere una preparación adecuada y especial, y un camino de fe y amor específico, tanto más que dicha vocación se otorga a la pareja para bien de la Iglesia y de la sociedad. Y ello, con todo el significado y la fuerza de un compromiso público, hecho ante Dios y ante la sociedad, que va más allá de los límites individuales.


II) Buscar y familiarizarse con el significado de estas palabras.

  • Liturgia: Se denomina liturgia a la forma con que se llevan a cabo las ceremonias en una religión o en alguna otra institución u organización similar,1​es decir, al conjunto de actos que forman parte de su culto público y oficial. En particular, alude al conjunto de actos rituales de la misa católica​ y de otros actos solemnes no religiosos (como, por ejemplo, los correspondientes a la francmasonería).

Prácticamente toda sociedad realiza rituales, es decir, series de ritos, con connotaciones de tipo religioso o ceremonial en las bodas, en los entierros y en muchos otros momentos importantes de la vida individual o colectiva, y suele reglamentarse, aunque en diferente medida, el modo en que se debe efectuar el culto en los lugares públicos, especialmente en los templos.​

En la Iglesia católica, por ejemplo, las ceremonias litúrgicas se recogen en los libros litúrgicos.


  • Laico: Como laico se designa todo aquello que carece de credo o que no se encuentra sujeto o influido por una religión. La palabra, como tal, pasa al español desde el latín laĭcus.

Así, laico es un adjetivo utilizado para referirse a las organizaciones e instituciones que no están bajo el influjo de una organización religiosa. En este sentido, podemos hablar, por ejemplo, de Estados laicos, educación laica y colegios laicos.

Como laico se denomina también aquello que carece de órdenes clericales. En este sentido, un cristiano o un católico que no es miembro del clero y que, sin embargo, es creyente, puede considerarse también como laico.


  • Coadjutores: Según el Derecho canónico católico, el obispo coadjutor (o, en su caso, arzobispo coadjutor), al igual que el obispo, es el sacerdote que recibe el grado del episcopado (del griego επισκοπος [epískopos], «vigilante»). El nombramiento de obispo coadjutor es otorgado por la Santa Sede y tiene las mismas características del obispo auxiliar a las que se añade que el prelado que ha sido así designado, tiene derecho a sucesión a la sede episcopal cuando esta quede vacante.

Este nombramiento es otorgado por el Papa a petición del obispo de una diócesis, o por propia iniciativa del Santo Padre, generalmente cuando el obispo tiene edad avanzada y está próximo a renunciar por edad. La labor del coadjutor consiste en auxiliar al obispo y, cuando éste renuncie por motivo de edad u otros, seguir la labor evangelizadora. También puede darse este nombramiento cuando el Sumo Pontífice lo estime conveniente.

Dado que el nombramiento significa la designación futura como obispo diocesano, el obispo coadjutor goza de una serie de derechos:

  1. Asistir al obispo diocesano en todo el gobierno de la diócesis, y hacer sus veces en caso de ausencia o impedimento;
  2. Ser nombrado vicario general;
  3. Ser consultado en los asuntos de mayor importancia.


  • Priorato Nullius:  El Priorato es sustantivo masculino. Es un vocablo se refiere al desempeño, oficio, dignidad, puesto, empleo o cargo del prior. Jurisdicción, territorio, comarca o distrito que tiene su propia demarcación del prior. Casa en donde habitan monjes o cartujos correspondiente al convento principal cuyo abad nombra al superior denominado también prior al que lo gobierne.

Nullius se recomienda conservar en cursiva como préstamo del latín. Se emplea casi exclusivamente en sentido legal.


  • Diócesis: Un vocablo del griego bizantino (dioíkēsis) pasó al latín tardío (dioecēsis) antes de llegar a nuestra lengua como diócesis. Así se denomina al territorio sobre el cual un obispo tiene jurisdicción.

Cabe recordar que un obispo es un superior eclesiástico. Contar con jurisdicción, por otra parte, implica disponer de autoridad para administrar o gobernar.

Una diócesis, por lo tanto, es un distrito cuya administración eclesiástica está a cargo de un obispo. Este prelado se encarga de dirigir todas las parroquias que forman parte de su diócesis. Varias diócesis, a su vez, pueden agruparse en provincias eclesiásticas.

La Iglesia católica considera que cada diócesis es una parte del pueblo de Dios, cuya guía espiritual es encomendada al obispo. Si la diócesis, por algún motivo, carece de obispo, se habla de diócesis vacante.



  • Clero: Como clero se denomina la clase conformada por los sacerdotes que se guían por la doctrina cristiana, según los preceptos de la Iglesia católica. En este sentido, clero también puede referirse a los clérigos considerados en conjunto. La palabra, como tal, proviene del latín tardío clerus, y este del griego bizantino κλῆρος (kleros).

Como tal, bajo la denominación de clero se consideran a todas las personas que se han ordenado en el servicio religioso, como los sacerdotes y los diáconos. La existencia del clero data de la Edad Media, cuando el estamento religioso gozaba de ciertos privilegios equivalentes a los de la nobleza feudal.

La función del clero es la práctica del culto, lo cual comprendía la celebración de la liturgia, la enseñanza y la predicación, así como la administración de los sacramentos (bautismo, confirmación, matrimonio, extremaunción, etc.)


  • Clérigos: Es un concepto que procede del latín clerĭcus, aunque su origen más antiguo nos lleva a la lengua griega. El término se utiliza para nombrar al hombre que ha recibido las órdenes sagradas y que, por lo tanto, pertenece al clero (la clase sacerdotal).


Tradicionalmente, se denomina "capellanes" a los miembros de alguna rama de la fe cristiana (por ejemplo pastores, reverendos o ministros) que se encargan de pronunciar sermones en los lugares ya mencionados; o bien, a los eclesiásticos o sacerdotes que dicen la misa en la capilla u oratorio. En ocasiones, estos gozan de rentas de una capellanía (aunque no siempre es así), o prestan un servicio a un particular a cambio de un estipendio, como parte del servicio doméstico en su sentido más amplio de una casa.


  • Párroco: El párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo diocesano en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que en esa misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos, para llevar el rebaño de los fieles laicos, conforme a la norma del derecho.


  • Nuncio: Se llama nuncio al individuo cuya función es llevar un encargo o un comunicado. El nuncio es enviado por una persona para que se ponga en contacto con otra y le deje el aviso en cuestión.


  • Arzobispo: Un arzobispo es un obispo que encabeza una diócesis relevante por su historia o por su magnitud. Para saber qué es un arzobispo, por lo tanto, tenemos que comprender qué es un obispo y qué es una diócesis.

Una diócesis es un territorio que se encuentra bajo el liderazgo de un obispo, que es justamente el sacerdote de rango superior en una diócesis. Puede decirse que el obispo se encarga de dirigir y guiar a la comunidad que forma parte de la diócesis en cuestión.

También hay que diferenciar los cargos de arzobispo y de cardenal. En concreto, podemos determinar que este último es el cargo que se encuentra por debajo, de manera inmediata, del Papa. De ahí que una vez nombrado por el Sumo Pontífice se encargará no solo de ayudarle en el gobierno sino también de aconsejarle y, llegado el momento, de elegir al nuevo Papa.


  • Obispos: es un fiel que recibe el liderazgo de supervisar una congregación, a los pastores o sacerdotes, según el caso, de un territorio determinado.

La Iglesia católica, la Iglesia ortodoxa, la Comunión anglicana y algunas iglesias luteranas afirman que la sucesión apostólica se mantiene mediante la ordenación de obispos de forma personal e ininterrumpida desde los tiempos de los apóstoles. Esto es, los apóstoles ordenaron a obispos, los cuales de forma ininterrumpida han seguido ordenando nuevos obispos hasta hoy.


  • Vicario: Se denomina vicario a la persona que ejerce las funciones de otra, en todo o en parte por delegación y nunca con carácter propio; la sustituye por tiempo indefinido o determinado. Actualmente su uso es meramente eclesiástico. De forma más sencilla se puede decir que un vicario es aquel que toma el lugar de otro, el suplente, el sustituto.

Puede delegar en el vicario, bien la persona sustituida, bien aquella otra que tenga facultad para ello. En el derecho canónico, la voz de vicario toma carta de naturaleza en los primeros siglos del catolicismo, cuando se llamaron vicarías los tribunales de justicia y vicarios sus regidores.


  • Curia: Conjunto de organismos y personas, religiosos y laicos, que colaboran en Roma con el Papa en la administración y el gobierno de la Iglesia católica.



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